Duro panorama para la cultura frente al Coronavirus

Desde distintos espacios relacionados con el arte y la cultura han manifestado su preocupación ante de la cuarentena dictada por el gobierno para prevenir la expansión del Coronavirus. La suspensión de las actividades conspira contra los ingresos de los trabajadores. 

Frente a esta situación, la Asociación de Profesionales de la Dirección Escénica Argentina (APDEA) y la Asociación Argentina de Agentes de Prensa del Arte y la Cultura dieron su punto de vista al tiempo que, desde la música, surgió el hashtag #SomosMusica. Por su parte, la Defensoría del Pueblo da cuenta de las medidas que se están tomando para paliar esta situación.

La cuarentena que está atravesando el país, con motivo del Covid-19, ha motivado la paralización de las actividades. Recién este lunes 13 se pudo abrir un poco el cerco con todas las dudas que esto implica en tanto a las diversas ocupaciones que tienen los numerosos sectores que conforman nuestra sociedad. No obstante, hay algunos que están siendo extremadamente perjudicados. Tal es el caso de la cultura y las artes.

La Asociación Argentina de Agentes de Prensa del Arte y la Cultura dio su parecer a principios de abril con un comunicado. “Consideramos acertadas las medidas tomadas en nuestro país para evitar la propagación del Coronavirus (COVID- 19). Sin embargo, las mismas han tenido un efecto negativo en la actividad laboral de las y los Agentes de Prensa del Arte y la Cultura. Dado el cese de eventos en vivo como festivales, recitales, obras de teatro y demás presentaciones artísticas convocantes de público, nos encontramos en estado de emergencia y la gran mayoría de trabajadoras y trabajadores no contamos con ingresos para afrontar los gastos más elementales.
Las y los Agentes de prensa del Arte y la Cultura somos quienes vinculamos al artista con los medios de comunicación especializados, siendo un importante eslabón dentro de la industria cultural; en este contexto, nuestra labor también se ha detenido y hoy estamos sin trabajo.
La Asociación de Profesionales de la Dirección Escénica Argentina (APDEA) realizó un censo respecto del total obras afectadas, el número de trabajadoras y trabajadores involucrados, así como de las regiones del país de las que provienen.
Los resultados arrojaron que miles de trabajadores y trabajadoras de las artes escénicas del país se encuentran afectados por la suspensión de actividades con motivo de la cuarentena.
En el comunicado que da cuenta de esta situación, afirma que “De un total de 564 obras censadas, 552 corresponden al circuito independiente, 8 al comercial y 4 al oficial. En este marco, hubo 239 funciones suspendidas, 285 estrenos no concretados y 40 giras pospuestas o canceladas”.
Con respecto a la localización de las obras, “387 corresponden a CABA, 110 a la provincia de Buenos Aires y 61 distribuidas entre las regiones del litoral, norte, cuyo, centro y Patagonia”. Lxs artistas afectadxs, de acuerdo al censo, llegan a 1914.
Como conclusión, estos datos “evidencian la situación de un enorme número de profesionales de las artes escénicas de distintos circuitos que viven de su actividad teatral y están imposibilitados de trabajar y por tanto de sostenerse económicamente”.
El pedido de APDEA es “una ayuda específica para este sector de las artes escénicas, tradicionalmente invisibilizado y otras medidas relacionadas con las entidades públicas de fomento, como flexibilizar las condiciones para rendición de subsidios o el adelantamiento del cobro de los mismos”.

Desde el ámbito de la música, otro de los sectores que más están sufriendo con la cuarentena, salió un comunicado que afirma que “La industria de la música será una de las últimas en recuperarse de esta crisis y miles de familias viven de ella. No sabemos cuándo recuperaremos nuestra actividad en su totalidad”. El mismo, incluye un pedido. “Por favor, no devuelvas tus tickets, escuchá música en streaming, dale play a los videos, comprá singles de manera digital, difundí los comunicados con novedades y todo lo que puedas aportar para que no se apague. Porque es nuestra vocación y nuestro trabajo… hoy más que nunca #SomosMusica”. Esto incluye a todos aquellos que se encuentran en relación con la música.
La periodista especializada en música Florencia Mauro contó que el hashtag #SomosMusica “viene de una movida desde España, de manera anónima. Se hace un flyer con el fín de concientizar a la gente que lo último que se va a poner de pié va a ser la música. Cuando veo esto en los muros de la industria española, se lo mando al grupo de agentes de prensa de Argentina. Les pregunté qué les parecía hacer la versión argentina de esto y dijeron que si. Armamos un flyer y salimos con el mismo hashtag pero manteniendo nuestra propia identidad”. Con respecto a la repercusión, afirmó que “viene muy bien. Explotó el hashtag en las redes sociales pero hay que seguir trabajando para que no muera la concientización que la música necesita acompañamiento, tal como los músicos nos están acompañando a todos ahora, con la cuarentena. Hay que ver los videos en You Tube, en streaming, escuchar la radio, compartir los comunicados, comprar merchandising. El acompañamiento de los músicos es muy importante. Esto que estamos haciendo es por y para la música. Hay mucha gente que forma parte de la música. Desde el artista hasta el que maneja la combi forma parte de esto.”
Si hablamos de lo que puede deparar el futuro, Mauro fue clara sobre lo que viene. “no hay nada. Algo dijo en el discurso del presidente con respecto a tocar las categorías C y D que toca mayormente a quienes trabajamos en la música”.     
Frente a esta situación, hemos recibido un correo de la Defensoría del Pueblo bajo el título de “Normativas y acciones gubernamentales que atañen a trabajadores y organizaciones de la cultura independiente de la CABA en el marco de la pandemia de Covid-19” en el que se detallan las medidas adoptadas por la Administración Pública Nacional y el Gobierno de la CABA, en relación a la Pandemia COVID-19, que atañen a las y los trabajadores de la Cultura Independiente y sus organizaciones, remitiendo cada información a los sitios web oficiales, para su consulta, lo cual vamos a detallar de manera textual. En este punto, el corte fue realizado el 12 de abril de 2020, y que, en virtud del dinamismo que propone esta situación de emergencia, la información puede ser modificada y actualizada diariamente.
Se incluyen convocatorias a subsidios que ya finalizaron su período inscripción, para facilitar su acceso en caso en que se determinen nuevas convocatorias o fechas de inscripción.
Por facilitar consultas, se detallan las formas de comunicarse con los organismos mencionados.
El correo electrónico del Programa de Derechos Culturales de la Defensoría del Pueblo de la CABA, para comunicarse por consultas o reclamos:  derechosculturales@defensoria.org.ar

A continuación, el detalle de lo enviado por la Defensoría del Pueblo. 

NORMATIVA QUE ATAÑE A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA CULTURA INDEPENDIENTE
-Decreto 329/20: Prohibición de despidos
Se prohíbe los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días desde el 31/3/20.
Se prohíben las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 60 días desde el 31/3/20.
-Decreto 310/20: Ingreso Familiar de Emergencia
Objeto: Se instituye el Ingreso Familiar de Emergencia por monto de $10 mil. Lo podrá percibir solo uno de los integrantes del grupo familiar y en principio es solo por el mes de abril. El plazo de preinscripción finalizó el día 3/4/20.
Beneficiarios:
Personas desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías “A” y “B”; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares (incluye a quienes se desempeñen tanto de manera informal como formal).
Edad: 18 a 65 años.
Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.
El solicitante deberá cargar un CBU para identificar la cuenta bancaria donde se realizará la transferencia del subsidio.
En caso de no poseer una, se otorgarán las siguientes opciones:
Sistema de Punto Efectivo de Red Link
Sistema de pago mediante Correo
Sistema de billetera virtual
Una vez finalizado el pago del IFE a los solicitantes aprobados, ANSES abrirá una instancia para volver a considerar los casos no aprobados por haberse producido cambios la situación laboral o familiar sobre las que el organismo no tenga registro.
Link a la página web de la Anses: https://www.anses.gob.ar/
-Resolución 8/20 del Ministerio de Trabajo: Normas complementarias, aclaratorias y de aplicación del Ingreso Familiar de Emergencia
III. NORMATIVA QUE ATAÑE A ORGANIZACIONES DE LA CULTURA INDEPENDIENTE
-Decreto 311/20: Abstención de corte de Servicios en caso de mora o falta de pago
Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a determinados usuarios y usuarias (enumeradas en su art. 3), en caso de mora o falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1/3/20.
Estas obligaciones se mantendrán por el plazo de 180 días corridos a contar desde el 24/3/20.
Si bien los Espacios Culturales Independientes no están incluidos en la norma, el Decreto aclara que la autoridad de aplicación podrá incorporar otros beneficiarios de las medidas dispuestas siempre que su capacidad de pago resulte sensiblemente afectada por la situación de emergencia sanitaria y las consecuencias que de ella se deriven.
-Decreto 320/20: Suspensión desalojos, prórroga de contrato de locación, congelamiento de precios, bancarización
La medida alcanza (entre otros) a los inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias (art 9 inc. 3) y a los inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES (art. 9 inc. 8).
Suspensión de desalojos: Se suspenden los desalojos judiciales hasta el 30/9/20 siempre que el litigio se haya promovido por la falta de pago del contrato de locación y la tenencia del inmueble se encuentre en poder de la parte locataria. Esta medida también alcanza a los lanzamientos ya ordenados y aún no realizados.
Prórroga de contrato: Se prorrogan hasta el 30/9/20 la vigencia de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20/3/20 y la tenencia del inmueble se encuentre en poder de la parte locataria y para los contratos cuyo vencimiento está previsto antes del 30/9/20.
Congelamiento de precios de alquileres: Se congela el precio de las locaciones hasta el 30/9/20.
Durante la vigencia de la medida se deberá abonar el precio de la locación correspondiente al mes de marzo de 2020. La diferencia que resultare entre el monto pactado contractualmente y el que corresponda pagar por aplicación del congelamiento, deberá ser abonada por la parte locataria en, al menos 3 cuotas y como máximo 6 mensuales, iguales y consecutivas.
Bancarización: La parte locadora deberá comunicar a la parte locataria los datos necesarios para que esta pueda, si así lo quisiera, realizar transferencia bancaria o depósitos por cajero automático para efectuar los pagos.
-Resolución General 11/20 de la IGJ: Reuniones del órgano de administración a distancia
Objeto: Se admiten las reuniones a distancia del órgano de administración mientras dure el
“aislamiento social, preventivo y obligatorio”
En el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” se admitirán las reuniones del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales aún en los supuestos en que el estatuto social no las hubieran previsto.
-Disposición 1861/DGDCIV/20 del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA: Sistemas de autoprotección Ley N° 5920. Prórroga.
Se prorrogan de manera excepcional la vigencia de las disposiciones aprobatorias y la presentación de la documentación para la vigencia de los sistemas de autoprotección Ley N° 5920:
• Se prorroga por 60 días corridos la vigencia de las disposiciones aprobatorias de los sistemas de autoprotección Ley 5920, cuyo vencimiento opere entre el 16/3/20 y el 1/4/20.
• Se prorroga por 60 días corridos la presentación de la documentación para mantener la vigencia de las disposiciones aprobatorias Ley 5920, cuyo vencimiento opere entre el 16/3/20 y el 1/4/20.
• Se suspenden los plazos de subsanación previstos en la Disposición Nº
5892/DGDCIV/18 artículo 1 inc. b para los Sistemas de Autoprotección Ley 5920.
• Se dan por cumplimentadas las prácticas de simulacros, cuyas fechas hayan sido programadas entre el 16/3/20 y el 1/4/20.
IV. PROGRAMAS Y ACCIONES DEL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
-Resolución 222/20 Ministerio de Cultura de Nación: Puntos de Cultura
Objeto: Se aprueba la sexta convocatoria nacional del Programa Puntos de Cultura.
El Programa fue creado con el objetivo de fortalecer y consolidar el trabajo de las organizaciones sociales comunitarias y las comunidades indígenas de todo el territorio nacional, promoviendo la inclusión social, las identidades locales, la participación popular y el desarrollo regional a través del arte y la cultura
CONVOCATORIA: Desde el 30/3/20, hasta el 8/5/20. En forma posterior, una vez que el Primer llamado se encuentre cerrado y en proceso de selección, se abrirá un Segundo llamado que dará inicio el 9/5/20 y finalizará el 12/6/20.
Podrán aplicar todas las organizaciones sociales comunitarias con sede en todo el territorio nacional, de conformidad con las cinco categorías que se enuncian:
1. Nuevos Puntos de Cultura: Dirigido a organizaciones sociales, sin fines de lucro, regularmente constituidas bajo cualquiera de las modalidades admitidas por la legislación vigente (asociaciones, fundaciones, mutuales, cooperativas) que deseen implementar un proyecto en algunas de las ONCE (11) líneas previstas, e incorporarse a la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA.
TOPE DE FINANCIAMIENTO: TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000.-)
2. Nuevos Puntos de Cultura (de base): Dirigido a organizaciones sociales con base territorial, conformadas de hecho, sin personería jurídica, que desarrollen su actividad en territorios cuya población presenta altos niveles de vulnerabilidad (villas, asentamientos, barrios obreros, zonas rurales) u otras poblaciones que se encuentren bajo esta condición (violencias, discriminación, falta de acceso a derechos). Dichas organizaciones aplicarán a través de una persona humana, que ejercerá la representación del colectivo en los términos y mediante los instrumentos previstos en el presente reglamento. Podrán presentar proyectos para cualquiera de las once (11) líneas previstas y se incorporarán a la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA.
TOPE DE FINANCIAMIENTO: CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS ($125.000.-)
3. Nuevos Puntos de Cultura Indígena: Dirigido a comunidades indígenas que en
cumplimiento de lo establecido por el artículo 75 , inciso 17), de la Constitución Nacional, y por la ley Nº 23.302 y normas reglamentarias, se encuentren inscriptas en el REGISTRO NACIONAL DE COMUNIDADES INDÍGENAS (RENACI) u organizaciones conformadas por integrantes de los pueblos originarios que, cumpliendo un rol social, hayan decidido constituirse regularmente como organizaciones sin fines de lucro, bajo cualquiera de las modalidades admitidas (asociaciones, fundaciones, mutuales, cooperativas). Podrán presentar proyectos para cualquiera de las once (11) líneas previstas. 
TOPE DE FINANCIAMIENTO: TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000.-)
4. Puntos de Cultura integrados a la RED NACIONAL: Dirigido a organizaciones sociales y comunidades indígenas, en idéntica situación a cualquiera de las tres modalidades precedentes, que hayan sido seleccionadas en alguna de las cinco ediciones anteriores del programa y que, por esa razón, ya integran la red nacional. Podrán presentar proyectos para cualquiera de las once (11) líneas previstas.
TOPE DE FINANCIAMIENTO: CON PERSONERÍA JURÍDICA TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000.-) y SIN PERSONERÍA JURÍDICA (DE BASE) CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS ($125.000.-)
5. Redes que nuclean organizaciones sociales: Dirigido a redes que nuclean y articulan el trabajo de organizaciones sociales, bajo modalidades empíricas (foros o asambleas abiertas de organizaciones, movimientos comunitarios, u otras pertinentes) o agrupadas en entidades formales de segundo grado (federaciones, cooperativas de segundo grado u otras pertinentes).
Podrán presentar proyectos para cualquiera de las once (11) líneas previstas. Las redes que apliquen en esa calidad deberán estar conformadas por cuatro (4) organizaciones como mínimo, salvo aquellas que tengan la sede de su actividad en la región patagónica, que deberán estar conformadas por tres (3) organizaciones como mínimo. En todos los casos deberán presentarse a través de alguna de las entidades que integran la red, que ejercerá la representación del colectivo y que debe estar regularmente constituida.
TOPE DE FINANCIAMIENTO: SETECIENTOS MIL PESOS ($700.000.-)
Las bases y condiciones y el formulario de inscripción pueden obtenerse del link:
-Resolución 260/220 Ministerio de Cultura de Nación. Creación del FONDO DESARROLLAR. OTORGAMIENTO DE APOYO ECONÓMICO A ESPACIOS CULTURALES
Destinar la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000-) a la atención de los proyectos culturales.
Beneficiarios: Se entienden como espacios culturales a los espacios multifuncionales abiertos a la comunidad, en los que actores y colectivos culturales desarrollan como actividad principal la producción, formación, investigación y promoción del arte y la cultura, en cualquiera de sus manifestaciones. Espacios en los que se realizan cursos, talleres, clases, seminarios y/o actividades de carácter educativo y/o formativo relacionadas con cualquier disciplina artística; así como los espacios donde se producen presentaciones de espectáculos en vivo de artes performáticas (música, actuación, danza, circo), y exposiciones o exhibiciones de artes visuales, de diseño y audiovisuales; como así también actividades de carácter comunitario y solidarias. Se trata de los centros culturales, clubes de música en vivo, salas de teatro, danza, circo, espacios de arte y diseño, peñas y milongas.
Podrán presentarse al subsidio del FONDO DESARROLLAR:
• Personas humanas
• Asociaciones civiles
• Cooperativas
• Fundaciones
• Sociedades de Responsabilidad Limitadas (SRL)
• Sociedades Anónimas (SA)
La convocatoria dará comienzo el día 13 de abril y se extenderá durante un periodo de treinta (30) días corridos.
Podrán aplicar los espacios culturales de todo el territorio nacional, a través de las modalidades que se anuncian a continuación, agrupadas a partir de la capacidad de público asistente.
• Modalidad A: Espacios con capacidad hasta 100 personas. Ayuda máxima a otorgar
$100.000.-
• Modalidad B: Espacios con capacidad entre 100 a 200 personas. Ayuda máxima a otorgar: $150.000.-
• Modalidad C: Espacios con capacidad entre 200 a 300 personas. Ayuda máxima a otorgar: $200.000.-
Las postulaciones deberán realizarse en la sección habilitada para la inscripción dentro de la web del Ministerio de Cultura de la Nación (http://www.cultura.gob.ar/).
-Resolución 94/20 del Instituto Nacional de la Música. Convocatoria de Fomento Solidario 2020
Destinado a aquellas músicas/os registradas/os y personas de género autopercibido de todo el país en el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales conforme al artículo 24 de la ley N° 26.801, que se encuentren inscriptas en la AFIP en las categorías C y D del monotributo, a los efectos de atender la situación extraordinaria y de emergencia tendiente a morigerar el impacto de las medidas sanitarias en la actividad de las músicas/os.
La convocatoria se realizó del 3/4/20 al 5/4/20.
Se pondrán a disposición hasta 1200 subsidios de $10 mil cada uno de ellos, distribuidos federalmente en forma proporcional para cada una de las regiones correspondientes al NEA, NOA, Nuevo Cuyo, Patagónica, Metropolitana y Centro. Los subsidios son personales e intransferibles.
Toda persona que haya resultado beneficiaria deberá acordar una acción social cultural con el objetivo de que dicha acción solidaria pueda alcanzar a lugares o poblaciones de escaso acceso a eventos culturales.
Quienes hayan sido beneficiados en esta Convocatoria Solidaria, estarán recibiendo los $10.000 a partir del martes 14 de abril. Los mismos ya fueron notificados por correo electrónico.
Según se anuncia en https://inamu.musica.ar/resultados-fomento-solidario-2020se lanzará la Segunda Convocatoria de Fomento Solidario, en este caso destinada a las personas músicas que por alguna razón no hayan sido aceptadas en el Ingreso Familiar de Emergencia implementado por el Gobierno Nacional y que no estén en relación de dependencia o tengan ingreso fijo.
Link al INAMU: https://inamu.musica.ar/
-Resolución 166/20 del INCAA. Crea el “Programa de Estrenos durante la emergencia sanitaria”
Se entiende por “Programa de Estrenos durante la emergencia sanitaria” a los estrenos programados por INCAA en la señal de TV CINE.AR y en la plataforma de VIDEO a DEMANDA (VOD) CINE.AR PLAY en forma gratuita, ante la imposibilidad de estrenar en salas cinematográficas.
A opción del productor una vez terminada la exhibición gratuita en CINE.AR Play la película podrá mantenerse en la plataforma de modo transaccional incluyéndose en la sección CINE.AR
ESTRENOS de modo transaccional (TVOD) percibiendo el subsidio variable que pudiera corresponder en los términos de la normativa vigente.
La inscripción es voluntaria y a pedido de los productores de las películas nacionales que cumplan con los requisitos estipulados en el art. 2 de la normativa. La solicitud se deberá iniciar a través de la plataforma INCAA EN LÍNEA.
Convocatoria: del 27/3 y hasta el 30 de junio de 2020 pudiéndose disponer su extensión en atención a las circunstancias imperantes en su oportunidad.
Link a la plataforma INCAA EN LÍNEA: https://extranet.incaa.gob.ar/
-Plan de Emergencia (Plan “PODESTA”) del Instituto Nacional del Teatro
Ante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” el Instituto Nacional del Teatro, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, diseñó un plan de emergencia orientado a la «Preservación Operativa de Elencos, Salas y Teatristas Argentinos» (PODESTA), con el objetivo de brindar una respuesta a la situación de suma fragilidad en la que se encuentran las comunidades teatrales independientes de todo el país.
Este nuevo paquete de medidas cuenta en primer lugar con una ayuda económica al sector que se inscribe en el objetivo de fortalecer y promover la actividad teatral independiente.
En lo que respecta a los cambios excepcionales en los procesos de tramitaciones, el Plan
PODESTA estipula, entre otros:
• Durante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” las sedes permanecerán cerradas. La atención al público continuará de manera online y toda tramitación deberá ser enviada en formato digital (PDF) a las casillas de Correo-e oficiales de la institución (a la
Representación Provincial que corresponda).
• Se exime a los beneficiarios de cobro de subsidios otorgados de la presentación de
Declaraciones Juradas y/o Convenios y demás documentación, autorizando la prosecución del trámite de esos expedientes para su respectivo pago.
• Se postergan transitoriamente los plazos perentorios de rendición de actividad para todas las líneas de subsidios y aportes.
• Tramitación Plan de Infraestructura para Teatros Independientes 2016-2018. Para garantizar el cumplimiento de lo oportunamente acordado en el Plan de Infraestructura, ampliado el 5 de septiembre de 2019, se aprueba el pago de dicha ampliación en una única cuota, a ser rendida con fecha última el día 31 de diciembre de 2020.
El Plan PODESTA contempla también diversas líneas de apoyo excepcionales orientadas a los sectores registrados como beneficiarios de los subsidios del INT durante el período 2018/2020.
En primera instancia se anuncian las siguientes líneas:
• Subsidio Preservación de Salas – Contingencia COVID-19. Se trata de un aporte especial orientado a la preservación de salas y espacios escénicos que hayan recibido el subsidio de Funcionamiento de Sala, en el período comprendido desde agosto 2018 – marzo 2020.
• Catálogo de Espectáculos 2020 – Contingencia COVID-19. Todas las producciones que integran el Catálogo de Espectáculos del Programa INT Presenta y los espectáculos seleccionados para participar de la 34º Fiesta Nacional del Teatro recibirán un aporte especial equivalente al cachet de dos funciones.
• Sostenimiento de Producciones Teatrales Vigentes – Contingencia COVID-19. Se trata de un aporte especial orientado a los espectáculos que hayan recibido el subsidio de Producción de Obra y los Colectivos teatrales que hayan recibido el subsidio de Actividad de Grupo en el período agosto 2018 – marzo 2020, equivalente al cachet de una función del Programa INT Presenta.
Asimismo, el Consejo de Dirección anunció que se encuentra actualmente trabajando en la segunda etapa del Plan PODESTA, que prevé acciones compensatorias complementarias para otros sectores del ámbito escénico (eventos, festivales, teatro callejero, circo, teatro comunitario, entre otros).
Las consultas sobre tramitaciones y/o las nuevas líneas de ayuda del Plan PODESTA pueden realizarse en el siguiente link:
http://www.inteatro.gob.ar/consultas-tramites/formulario o vía Correo-e a la Representación Provincial que corresponda según la localidad donde se desarrolle la actividad teatral.
Los datos de contacto de las Representaciones de todo el país figuran en la página web institucional.
Acciones del Ministerio de Cultura de Nación
El Ministerio de Cultura de Nación elaboró, en conjunto con los actores y asociaciones culturales, una serie de acciones para mitigar los efectos sociales y económicos que afectan a los trabajadores de la cultura en este contexto de emergencia sanitaria:
• Se amplió el presupuesto del Programa Puntos de Cultura de 17 a 50 millones de pesos
• Se creará un Fondos de Emergencia para Centros Culturales: 30 millones de pesos destinados a centros culturales formalizados en los núcleos urbanos, que cuentan con salas de entre 50 y 300 espectadores. Se estima llegar a 500 espacios, con un monto de $ 60.000 para cada uno.
• La Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (CONABIP) aumentará la inversión en el programa Libro% para la compra de libros por parte de las Bibliotecas Populares. A lo ya anunciado de 47 millones de pesos se van a redireccionar los fondos que estaban destinados a la producción de la Feria del Libro.
• El Instituto Nacional del Teatro destinará 96 millones de pesos para salas, obras y festivales.
• El Fondo Nacional de las Artes: dinamizará el pago de Becas, Concursos, Subsidios y
Préstamos por un monto de 22 millones de pesos y el lanzamiento de nuevas convocatorias por 75 millones de pesos. En simultáneo, el Ministerio de Cultura se encuentra en tratativas para la ampliación de estos fondos.
• El Instituto Nacional de la Música (INAMU) amplió por 30 días corridos el plazo para las presentaciones de rendición de cuentas y compensación social para las convocatorias efectuadas en 2019.
• El programa Orquestas Infanto Juveniles, que contiene a 40 orquestas en distintas provincias del país, contará con 9,2 millones de pesos para la adquisición de nuevos instrumentos.
A su vez se impulsan las siguientes propuestas:
La plataforma digital Formar Cultura, una comunidad de práctica virtual, compuesta por una importante cantidad de usuarios relacionados entre sí, que permitirá la elaboración conjunta de contenidos para consumo, capacitación e intercambio, que se sumarán a la producción del archivo existente.
También se contratará a cerca de 500 artistas por un total de 7,2 millones de pesos, para que elaboren contenidos que serán transmitidos por nuestras plataformas digitales.
A través del Campus Virtual de Educación a distancia se dictarán cursos vinculados a la actividad cultural con seguimiento y evaluación de especialistas centrados en los siguientes ejes temáticos: Gestión Cultural Pública, Museos y Patrimonio, Industrias Culturales y el uso de tecnologías.
V. PROGRAMA IMPULSO CULTURA DEL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CABA
Impulso Cultural es el Programa de apoyos y difusión de proyectos culturales en la Ciudad, con la que se incentiva y promueve la cultura y sus actores principales. La integran 6 programas de financiamiento (Proteatro, Prodanza, BAmúsica, BAmilonga, Mecenazgo y Fondo Metropolitano) y un plan audiovisual.
Durante el período de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” las consultas se deberán hacer exclusivamente a distancia escribiendo al correo de cada Programa.
-Programa Proteatro
CONVOCATORIA CERRADA: Proteatro está evaluando los proyectos presentados en la primera convocatoria de 2020.
La convocatoria está dirigida a los grupos eventuales, estables y comunitarios que quieran producir una obra o espectáculo, a las salas teatrales o espacios independientes con domicilio en Capital Federal y con permiso o habilitación para su funcionamiento (sólo en el primer llamado a convocatoria del año) y a Proyectos Especiales que revistan interés para la comunidad teatral.
Correo-e de contacto: proteatro@buenosaires.gob.ar
-Programa Prodanza
CONVOCATORIA FINALIZADA: Desde el 20/3/20 a las 16hs, hasta el 10/4/20 de abril a las 18hs
La convocatoria está dirigida a Compañías o grupos de danza estables; Elencos o Coreógrafos con proyectos puntuales; Salas teatrales no oficiales, Espacios no convenc cionales o experimentales, existentes y/o a crearse; Entidades y Asociaciones Culturales.
Correo-e de contacto: prodanza_mc@buenosaires.gob.ar
-Programa Bamúsica
CONVOCATORIA ABIERTA: Desde el 16/3/20 a las 10hs. hasta el 16/4/20 a las 17hs.
La convocatoria está dirigida a clubes de música en vivo y/o establecimientos, músicos solistas y grupos de músicos estables que realicen shows en vivo.
Correo-e de contacto: bamusica@buenosaires.gob.ar
-Programa Bamilonga
CONVOCATORIA ABIERTA: Desde el 26/3/20 a las 10 hs. hasta el 24/4/20 a las 17hs.
La convocatoria está dirigida a personas humanas o jurídicas que organizan milongas; los salones milonga habilitados o con trámite iniciado y los Clubes y asociaciones que desarrollan actividades deportivas, sociales, educativas/culturales en los diferentes barrios de la Ciudad de Buenos Aires y realicen milongas.
Correo-e de contacto: bamilonga@buenosaires.gob.ar
-Mecenazgo
LLAMADO A CONVOCATORIA PRÓXIMAMENTE.
La convocatoria está dirigida a cualquier persona, asociación u organización sin fines de lucro radicada en la Ciudad que tenga una propuesta de investigación, capacitación, difusión, creación y/o producción cultural se puede presentar.
Fondo Metropolitano
LLAMADO A CONVOCATORIA PRÓXIMAMENTE.
La convocatoria está dirigida a músicos, bailarines, actores, artistas visuales, como así también gestores culturales, asociaciones u organizaciones, responsables de espacios culturales y cualquier vecino de la Ciudad, que tengan un proyecto artístico, científico o de infraestructura cultural, de interés cultural para la comunidad.
Las inscripciones a los Programas se realizan a través del portal TRÁMITES A DISTANCIA (TAD).
El TAD es el sistema online de tramitación a distancia que se aplica a todos los apoyos de
Impulso Cultural. Para acceder al TAD es necesario que el solicitante cuente con Clave Ciudad.
Los requisitos para obtener la Clave Ciudad son diferentes para personas humanas y para personas jurídicas.
La clave Ciudad se puede gestionar a través de la página de la AGIP o bien en los cajeros automáticos de las redes Link y Banelco.
Ante cualquier duda o consulta sobre TAD se puede comunicar con la línea 147 o al Correo-e cultural, de interés cultural para la comunidad.
Las inscripciones a los Programas se realizan a través del portal TRÁMITES A DISTANCIA (TAD). El TAD es el sistema online de tramitación a distancia que se aplica a todos los apoyos de
Impulso Cultural. Para acceder al TAD es necesario que el solicitante cuente con Clave Ciudad.
Los requisitos para obtener la Clave Ciudad son diferentes para personas humanas y para personas jurídicas.
La clave Ciudad se puede gestionar a través de la página de la AGIP o bien en los cajeros automáticos de las redes Link y Banelco.
Ante cualquier duda o consulta sobre TAD se puede comunicar con la línea 147 o al Correo-e tramitesadistancia@buenosaires.gob.ar 

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